¿Para quién es?
- Empresas que recibieron una citación del SII
- Contribuyentes con una liquidación de impuestos emitida
- Empresas objeto de auditoría de IVA, renta o retenciones
- Sociedades con diferencias de impuestos detectadas por cruces del SII
- Contribuyentes que necesitan presentar antecedentes o solicitar prórroga
- Empresas que evalúan reclamar ante el TTA
Actúa de inmediato si…
- Recibiste una notificación del SII (electrónica o por carta certificada) con requerimiento de antecedentes
- El SII te citó conforme al Art. 63 del Código Tributario
- Te emitieron una liquidación con diferencias a tu cargo
- Detectaste inconsistencias en tus declaraciones antes de que el SII lo haga
- Debes presentar una reclamación tributaria dentro del plazo de 90 días hábiles
Proceso paso a paso
- Análisis de la notificación
Revisamos el tipo de fiscalización, los períodos involucrados y los impuestos cuestionados. Evaluamos la solidez del requerimiento y los argumentos disponibles.
- Recopilación de antecedentes
Organizamos la documentación requerida: libros contables, facturas, contratos, respaldos de gastos y todo elemento que sustente la posición tributaria de la empresa.
- Respuesta formal
Redactamos y presentamos la respuesta al SII dentro del plazo legal, argumentando técnicamente cada punto con respaldo normativo y jurisprudencial.
- Negociación y condonación
Si hay diferencias fundadas, gestionamos convenios de pago y solicitudes de condonación de multas e intereses.
- Reclamación ante el TTA
Si la liquidación es improcedente, preparamos la reclamación ante el Tribunal Tributario y Aduanero junto con abogados tributarios.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una citación del SII según el Art. 63 del Código Tributario?
Es un requerimiento formal en que el SII invita al contribuyente a presentar antecedentes y explicar diferencias detectadas. Es la etapa formal previa a una liquidación: no responder, o responder mal, puede derivar en una liquidación de impuestos.
¿Qué diferencia hay entre una citación y una liquidación?
La citación es el requerimiento previo en que el SII pide explicaciones. Si la respuesta no lo satisface, emite una liquidación: el acto formal en que determina los impuestos adicionales a pagar, con reajustes, intereses y multas.
¿Cuánto tiempo tiene el SII para fiscalizarme?
La regla general del Art. 200 del Código Tributario es de 3 años desde el vencimiento del plazo para pagar el impuesto. Se extiende a 6 años cuando la declaración no se presentó o fue maliciosamente falsa. La citación puede aumentar estos plazos en 3 meses respecto de las partidas citadas.
¿Puedo negociar la deuda resultante de una fiscalización?
Sí. El SII puede condonar total o parcialmente intereses y multas, según la naturaleza de la infracción, el comportamiento tributario del contribuyente y si paga el impuesto adeudado. La Tesorería, además, otorga convenios de pago. Gestionamos ambas instancias.
¿Qué es el Tribunal Tributario y Aduanero (TTA)?
Es el órgano jurisdiccional, independiente del SII, que conoce las reclamaciones de los contribuyentes contra liquidaciones, giros, resoluciones y otros actos del Servicio.
¿Cuánto cuesta defenderse de una fiscalización?
Depende de la complejidad del caso: períodos involucrados, montos cuestionados e impuestos afectados. Ofrecemos una evaluación inicial sin costo y un presupuesto según el alcance del proceso.
¿Qué pasa si no respondo la citación del SII?
El SII puede liquidar directamente con los antecedentes que tiene, sin considerar tus explicaciones. Eso suele traducirse en montos mayores y menos opciones de defensa.